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Declaración de la Renta: Novedades para autónomos este 2022

Renta 2021

La campaña de la declaración de la Renta comienza el 6 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. Además, la declaración de la renta viene con algunas novedades para autónomos este 2022.

 

 

 

Tan solo dos semanas antes de que comience la campaña, Hacienda ha publicado las novedades para autónomos este 2022 en la Declaración de la Renta y lo ha hecho a través del Boletín Oficial del Estado.

Recordamos que la declaración de la Renta de 2022 hace referencia al ejercicio del pasado 2021.

Plazos de presentación de la declaración de la Renta

Tal y como te detallamos en este artículo (enlace a articulo plazos), la campaña de la declaración de la Renta comenzará el próximo 6 de abril para su presentación por internet.

Por otro lado, la declaración de la renta por teléfono comenzará a partir del día 5, pudiendo solicitar cita previa desde el día 3 de abril.

Y la declaración de la renta presencial se podrá presentar desde el 1 de junio, pudiendo pedir cita desde el 26 de mayo.

 

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Renta

 

Soy autónomo, ¿estoy obligado a presentar la Declaración de la Renta?

Esta es una de las dudas más comunes entre los contribuyentes en general, y los autónomos en particular, cuando llega el momento de presentar la Declaración de la Renta.

La realidad es que sí, si eres autónomo tienes que presentar la declaración y, de no hacerlo, Hacienda podría imponer sanciones en tu contra

De este modo, casi todos los autónomos que hayan obtenido un mínimo beneficio en 2021 tienen la obligación de declarar, ya que el límite para no hacerlo está en 1.000 euros

Novedades en la Declaración de la Renta

En la declaración de la Renta del ejercicio del 2021 encontramos algunas novedades.  

Nuevas deducciones

Con el objetivo de motivar la eficiencia energética, este año una de las novedades está enfocada a la mejora de esta materia. Así, se realizarán deducciones a personas que hayan realizado alguna reforma con este objetivo desde el 6 de octubre del 2021.

Ingreso Mínimo Vital y ERTES

Quienes se hayan beneficiado del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración del IRPF, independientemente de los ingresos obtenidos en el 2021

Los ERTE o Expedientes de Regulación Temporal del Empleo tributan como rendimientos del trabajo, pero es el SEPE quien las paga y, por tanto, se trata de un pagador distinto al empleador. Así, deben declararse a no ser que el conjunto de la totalidad del rendimiento del trabajo no alcance los 22.000€.

Otras novedades

  • En este ejercicio se incluirán todas las ayudas que se hayan concedido a personas afectadas (daños personales) por el volcán de la isla de La Palma.
  • Se reducen las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima.
  • Se aumenta en un 1% el Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos patrimonios superiores a 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%
  • Será obligatorio informar sobre las criptomonedas que se tengan y de cualquier operación que se realice con ellas, desde el pasado 11 de julio de 2021.

Novedades para autónomos este 2022 en la Declaración de la Renta

Además de las novedades generales que afectan a todos los contribuyentes, este año hay novedades para autónomos en la declaración de la Renta. 

· Modelos aprobados en la orden (HFP/207/2022) 

En el articulo 3 de la orden (HFP/207/2022), emitida por el Ministerio de Hacienda, podemos ver la aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los documentos de ingreso o devolución

Modelo D-100: declaración del IRPF

  1. Modelo 100: ingreso o devolución de la declaración del IRPF que se compone de dos ejemplares: un documento de ingreso o devolución para el contribuyente, y un documento de ingreso para efectuar el ingreso en dicha entidad.
  2. Modelo 102:  se trata del documento de ingreso del segundo plazo de la declaración y se compone de dos ejemplares, uno para el contribuyente y otro para la entidad colaboradora. El número de justificante que figurará en este documento será un número secuencial y sus primeros tres dígitos se corresponderán con el código 102.

Por su parte, el artículo 4 de la orden ministerial señala la aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, y del documento de ingreso de dicho impuesto:

· Modelo D-714

Impuesto sobre el Patrimonio de la declaración que corresponde a 2021.

· Modelo 714

Documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio 2021.

¿Cuáles son las novedades del IRPF en 2022?

Rendimientos de capital inmobiliario

La principal novedad con respecto a los rendimientos de capital inmobiliario es la que se introduce una casilla para los arrendadores que no sean 'grandes tenedores'

Así pues, esta nueva opción les da la posibilidad de depositar como gasto deducible la cuantía de la rebaja en la renta arrendaticia, es decir, el acuerdo que ambas partes alcanzaron para reducir el coste del alquiler durante la pandemia. 

Asimismo, el BOE detalla que esta idea afecta a aquellos profesionales que 'voluntariamente acordasen, desde el 14 de marzo de 2020, una rebaja respecto a las mensualidades devengadas en los meses de enero, febrero y marzo de 2021. Siempre y cuando se trate de alquileres de locales a determinados empresarios y siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la norma'.

Tal y como establece el Real Decreto-ley 35/2020 de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio en concepto tributario, el arrendador se comprometerá a informar uno a uno en su declaración del importe de este gasto deducible y el número de identificación fiscal del arrendatario cuya renta se hubiese rebajado.

Subvenciones y ayudas públicas

Desde este momento, las subvenciones y ayudas públicas tienen la posibilidad de añadirse en la declaración de IRPF en cuatro plazos.

Deducciones por incentivos en actividades económicas

Con respecto a las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas, el BOE añade la posibilidad de que los contribuyentes que tienen o realizan una actividad económica puedan aplicar, desde 1 de enero de 2021, las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas españolas de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y por producción de determinados espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. 

Con el objetivo de ofrecer facilidades con respecto a la aplicación de esta deducción, se han creado nuevas casillas en las que el contribuyente inversor identificará al productor de la obra.

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