Cambios en la Devolución del IRPF para Mutualistas en la Renta 2025

Feb 22, 2025 | Novedades Declaración Renta 2025

A finales de 2024, el Ministerio de Hacienda implementó cambios importantes en el proceso de devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los mutualistas en la Renta.

Esta medida afecta a aquellos jubilados que, entre 1967 y 1978, realizaron aportaciones a mutualidades laborales y que, según una sentencia del Tribunal Supremo en 2023, tienen derecho a reclamar devoluciones por cotizaciones indebidas.

 

Cambios en la Devolución del IRPF para Mutualistas en la Renta 2025

Contexto de la Devolución del IRPF a Mutualistas

La sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo reconoció que numerosos trabajadores de sectores como banca, electricidad, comercio, metalurgia, construcción, astilleros y pesca, afiliados a antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978, habían tributado en exceso debido a errores en la aplicación de las normativas fiscales de la época.

Este fallo permitió que los afectados pudieran reclamar la devolución de las cantidades pagadas en exceso en su declaración de la renta.

 

Modificación en el Procedimiento de Devolución

Inicialmente, los mutualistas podían solicitar la devolución de las cantidades correspondientes a los ejercicios no prescritos (2019 a 2022) mediante un único trámite.

Sin embargo, con la aprobación de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, Hacienda ha establecido un nuevo sistema que obliga a los afectados a presentar solicitudes de devolución de manera anual, en lugar de permitir una reclamación conjunta.

Este cambio ha generado controversia y críticas por parte de diversos colectivos y expertos fiscales.

 

Calendario de Solicitudes de Devolución

Según la nueva normativa, el calendario para las solicitudes de devolución queda establecido de la siguiente manera:

  • Año 2025: Se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y de los ejercicios anteriores no prescritos.
  • Año 2026: Devolución del IRPF correspondiente al ejercicio 2020.
  • Año 2027: Devolución del IRPF del ejercicio 2021.
  • Año 2028: Devolución del IRPF del ejercicio 2022.

Para cada año, los mutualistas deberán presentar un formulario específico que estará disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria durante el período voluntario de presentación de la declaración de la renta, que habitualmente abarca desde abril hasta junio.

 

Reacciones y Críticas a los Cambios en la Devolución del IRPF para Mutualistas en la Renta 2025

La decisión de fraccionar las devoluciones ha sido objeto de críticas por parte de asociaciones de mutualistas, inspectores de Hacienda y expertos fiscales.

Argumentan que este nuevo procedimiento añade una carga administrativa innecesaria tanto para los afectados como para la propia Agencia Tributaria.

Además, señalan que este cambio puede retrasar la recuperación de las cantidades adeudadas, generando incertidumbre entre los pensionistas afectados.

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha calificado la medida de «incomprensible» y advierte que podría vulnerar principios constitucionales de proporcionalidad y eficacia administrativa.

Por su parte, los mutualistas afectados consideran que esta modificación es «torticera y miserable», ya que prolonga innecesariamente el proceso de devolución de cantidades que les corresponden legítimamente.

 

Procedimiento para Solicitar la Devolución

Para aquellos mutualistas que aún no han recibido la devolución correspondiente, es fundamental seguir el nuevo procedimiento establecido:

  • Acceso a la Sede Electrónica: Ingresar al portal oficial de la Agencia Tributaria durante el período de presentación de la declaración de la renta.
  • Formulario Específico: Completar el formulario de solicitud de devolución correspondiente al ejercicio fiscal que se esté reclamando.
  • Documentación Necesaria: Aunque en muchos casos la Agencia Tributaria dispone de la información necesaria, es recomendable tener a mano cualquier documentación que respalde la reclamación, como certificados de las aportaciones realizadas a las mutualidades.
  • Presentación Anual: Repetir este proceso cada año hasta completar las solicitudes de devolución de todos los ejercicios no prescritos afectados.

 

Consideraciones Finales a losCambios en la Devolución del IRPF para Mutualistas en la Renta 2025

Este cambio en el procedimiento de devolución del IRPF para mutualistas en la Renta 2025 representa un desafío adicional para los afectados, quienes deberán estar atentos a los plazos y requisitos específicos de cada año.

Se recomienda a los mutualistas que consulten regularmente la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y, en caso de duda, busquen asesoramiento profesional para garantizar que sus solicitudes se realicen correctamente y en los plazos establecidos.

A pesar de las críticas y desafíos que presenta este nuevo sistema, es esencial que los mutualistas se informen adecuadamente y actúen con diligencia para asegurar la recuperación de las cantidades que les corresponden por derecho.

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