La gestión fiscal de las herencias puede generar dudas entre los contribuyentes, especialmente en lo que respecta a su inclusión en la declaración de la Renta 2025.

Para el ejercicio fiscal de 2024, cuya declaración se presentará en 2025, es fundamental comprender cómo tributan los bienes heredados y los rendimientos que estos puedan generar.

 

Tributación de las Herencias: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Renta 2025

Al recibir una herencia, los beneficiarios están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que grava la transmisión de bienes y derechos por causa de fallecimiento.

Este impuesto debe liquidarse en un plazo máximo de seis meses desde el fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga de otros seis meses.

La cuantía a pagar varía según la comunidad autónoma, el valor de los bienes heredados y el grado de parentesco con el fallecido.

 

Inclusión de Bienes Heredados en la Declaración de la Renta 2025

Una vez liquidado el ISD, surge la pregunta de si es necesario declarar los bienes heredados en la declaración de la Renta.

Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las rentas sujetas al ISD no están gravadas por el IRPF.

Por lo tanto, el simple hecho de heredar bienes no implica su inclusión en la declaración de la Renta.

Sin embargo, si los bienes heredados generan rendimientos económicos, estos sí deben ser declarados.

A continuación, se detallan algunos casos comunes:

 

Inmuebles:

  • Alquiler: Si la vivienda heredada se alquila, los ingresos obtenidos se consideran rendimientos del capital inmobiliario y deben declararse en el IRPF. Se pueden deducir gastos relacionados, como reparaciones, impuestos y amortizaciones.
  • Venta: Al vender un inmueble heredado, se produce una ganancia o pérdida patrimonial. La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de adquisición (valor declarado en el ISD) y el valor de venta. Esta ganancia tributa en la base del ahorro del IRPF, con tipos que oscilan entre el 19% y el 26%, dependiendo del importe.

 

Cuentas Bancarias y Depósitos:

Los saldos heredados en cuentas bancarias no se declaran en el IRPF.

Sin embargo, los intereses generados por estos saldos sí constituyen rendimientos del capital mobiliario y deben incluirse en la declaración.

 

Acciones y Fondos de Inversión:

  • Dividendos: Si las acciones heredadas generan dividendos, estos se consideran rendimientos del capital mobiliario y deben declararse.
  • Venta: Al vender acciones o participaciones heredadas, se calcula una ganancia o pérdida patrimonial como la diferencia entre el valor de adquisición (valor declarado en el ISD) y el valor de venta. Esta ganancia o pérdida se incluye en la base del ahorro del IRPF.

 

La «Plusvalía del fallecido»

Es importante destacar que, al heredar bienes, no se produce una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, gracias a lo que coloquialmente se denomina la «plusvalía del fallecido».

Esto significa que las ganancias acumuladas por el fallecido hasta el momento de la herencia no tributan en el IRPF del heredero.

Sin embargo, las ganancias generadas a partir de la adquisición por herencia sí están sujetas al IRPF.

 

Recomendaciones para los Herederos

  • Asesoramiento Profesional: Dada la complejidad de la tributación de las herencias, es aconsejable contar con el apoyo de un asesor fiscal que guíe en el proceso y asegure el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Documentación: Es fundamental conservar toda la documentación relacionada con la herencia, incluyendo escrituras, justificantes de pago del ISD y cualquier otro documento que acredite el valor de los bienes heredados.
  • Actualización de Valores: En caso de vender bienes heredados, es importante actualizar su valor de adquisición con los gastos e impuestos asociados a la herencia, ya que estos pueden reducir la ganancia patrimonial y, por ende, la tributación en el IRPF.

En resumen, aunque la recepción de una herencia no implica, por sí misma, la inclusión de los bienes heredados en la declaración de la Renta, los rendimientos que estos generen sí deben ser declarados.

Una planificación adecuada y el asesoramiento profesional son clave para cumplir con las obligaciones fiscales y optimizar la carga tributaria derivada de una herencia.