Nuevo giro del Gobierno sobre los parados en la Renta 2025

Abr 2, 2025 | Novedades Declaración Renta 2025

La campaña de la Declaración de la Renta 2025 arranca con un importante cambio normativo de última hora que ha generado alivio entre miles de desempleados: el Gobierno en un nuevo giro, ha decidido aplazar hasta 2026 la obligación de presentar el IRPF a los parados perceptores de la prestación por desempleo.

Esta medida, que inicialmente iba a aplicarse este mismo año fiscal, coincide en el tiempo con otras deducciones clave como la reducción por declaración conjunta con hijos, una de las fórmulas más eficaces para optimizar el resultado fiscal de las familias monoparentales o con menor carga económica.

Este artículo analiza cómo afecta esta decisión del Ejecutivo a los contribuyentes más vulnerables, cómo se aplicará la reducción por declaración conjunta hijo en la presente campaña y qué otras novedades fiscales deben tener en cuenta quienes se enfrentan a la declaración del IRPF en este ejercicio.

 

El giro del Gobierno: los parados no tendrán que declarar aún en RENTA

La medida que había encendido todas las alarmas entre los beneficiarios del subsidio por desempleo consistía en exigirles la presentación obligatoria de la declaración de la Renta, independientemente de si superaban o no el umbral mínimo de ingresos.

Este requerimiento, contenido en el real-decreto ley de 21 de mayo de 2024, formaba parte de una reforma integral del sistema de protección por desempleo que pretendía armonizar controles y aumentar la transparencia fiscal.

No obstante, y tras las quejas de diferentes colectivos sociales, el Gobierno ha decidido posponer dicha obligación hasta el ejercicio de 2026.

Es decir, los parados que hayan cobrado prestación en 2024 no estarán obligados a presentar su IRPF en la Renta 2025, siempre que no superen los límites habituales de renta: 22.000 euros anuales si tienen un solo pagador, o 15.000 euros si han tenido varios pagadores, con al menos uno de ellos abonando más de 1.500 euros.

Esta rectificación ha sido plasmada en una instrucción del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) en la que se aclara que no habrá sanciones, pérdida de prestaciones ni consecuencias negativas por no presentar la declaración este año.

 

Reducción declaración conjunta hijo: una fórmula con ventajas fiscales

Mientras tanto, otra medida de gran interés para muchas familias sigue plenamente vigente: la reducción por declaración conjunta con hijos, que puede suponer un ahorro de hasta 2.150 euros para familias monoparentales, o 3.400 euros si se trata de matrimonios con hijos a cargo.

Este beneficio fiscal se aplica sobre la base imponible del IRPF y está diseñado para aliviar la presión tributaria de las familias con menores a su cargo. Las claves de esta deducción son:

  • Familias monoparentales: si uno de los progenitores convive con sus hijos menores de edad (o mayores incapacitados), puede optar por la declaración conjunta. Esto le permite aplicar una reducción directa de 2.150 euros sobre la base general.
  • Familias con ambos progenitores: en caso de matrimonio no separado legalmente, pueden presentar la declaración conjunta con los hijos, obteniendo una reducción de 3.400 euros.
  • Requisitos: no pueden acogerse a esta reducción quienes no convivan con los hijos o aquellos cuyos hijos presenten declaración por separado.

 

La reducción declaración conjunta hijo es especialmente útil para personas desempleadas que tengan hijos a cargo, ya que al no tener grandes ingresos, esta deducción puede llevar incluso a obtener una devolución de Hacienda en lugar de una obligación de pago.

 

¿Qué otros contribuyentes están obligados a declarar en 2025?

Con la nueva rectificación del Ejecutivo, se confirma que los autónomos, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las personas con ingresos superiores a los umbrales establecidos seguirán estando obligados a presentar la declaración de la Renta.

A destacar:

  • Autónomos: deben declarar siempre, sin importar sus ingresos.
  • IMV: sus beneficiarios deben presentar declaración tanto ellos como sus unidades de convivencia.
  • Quienes tengan dos o más pagadores y hayan percibido más de 15.876 euros también deberán cumplir con Hacienda.

 

¿Cuándo se aplicará la obligación de declarar para desempleados?, El giro del Gobierno: los parados no tendrán que declarar aún en RENTA

A partir de 2026, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán presentar su declaración anual de IRPF, aunque no alcancen los umbrales mínimos de renta.

Esta exigencia forma parte del plan gubernamental para mejorar el control y seguimiento de las ayudas sociales.

Esto implica que, de cara a la campaña de Renta del próximo año, los parados tendrán que estar preparados para gestionar su declaración.

Por ello, es recomendable empezar ya a recopilar documentación, consultar sus datos fiscales y, en caso necesario, acudir a un asesor fiscal.

 

Otras novedades fiscales en la Renta 2025, además del giro del Gobierno: los parados no tendrán que declarar aún en RENTA

  • Incremento del límite de ingresos exento por rendimiento del trabajo: La reducción por rendimientos netos del trabajo se eleva hasta los 7.302 euros para contribuyentes con ingresos inferiores a 19.747,5 euros, frente a los 6.498 euros del ejercicio anterior.
  • Compatibilidad del subsidio con un salario: Desde la reforma del desempleo, es posible cobrar prestación y salario a la vez, lo cual puede alterar los umbrales de obligación a declarar.
  • Deducciones familiares y autonómicas: Además de la reducción por declaración conjunta con hijos, existen deducciones por maternidad, discapacidad, alquiler o estudios, que pueden beneficiar a contribuyentes con rentas bajas.

 

Conclusión La reducción declaración conjunta hijo y el nuevo giro del Gobierno sobre los parados en la Renta 2025

La rectificación del Gobierno sobre la obligación de declarar por parte de los parados representa un alivio para muchos ciudadanos que este año podrán centrarse en otras gestiones fiscales sin temor a perder prestaciones.

No obstante, conviene no bajar la guardia: la reducción declaración conjunta hijo sigue siendo una de las grandes herramientas fiscales para aliviar la carga tributaria de familias vulnerables, especialmente aquellas con ingresos reducidos y menores a su cargo.

En paralelo, se recomienda aprovechar el año de margen para informarse, actualizar datos fiscales y simular la declaración de cara a 2026, cuando sí será obligatoria. Porque en fiscalidad, la anticipación siempre es una ventaja.

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