Nuevos Ingresos Exentos de Impuestos en la Declaración de la Renta 2023

Feb 20, 2024 | Novedades Declaración Renta 2024

OptiRenta Libera Declaración de la Renta

Con el inicio próximo de una nueva campaña de la Declaración de la Renta el 3 de abril, hoy hablamos de los ingresos exentos en la declaración de la renta.

Además de los rendimientos del trabajo, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) también abarca otros aspectos, como los derivados de capitales mobiliarios e inmobiliarios, así como de actividades económicas, y las ganancias y pérdidas patrimoniales. Sin embargo, no todos los ingresos están sujetos a tributación, ya que existen las conocidas ‘rentas exentas’.

¿Qué son los ingresos exentos en la declaración de la renta?

Los ingresos exentos en la declaración de la renta son aquellos ingresos que están exentos de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estos ingresos están expresamente calificados como exentos en la normativa del IRPF o en otras leyes tributarias.

En otras palabras, no están sujetos a ser gravados con impuestos en el momento de su recepción. Esto significa que no se incluyen en la base imponible del IRPF y, por lo tanto, no se aplican impuestos sobre ellos al calcular el impuesto a pagar. Los ingresos exentos pueden variar de año en año y pueden incluir diferentes tipos de ingresos, como indemnizaciones por despido, prestaciones por enfermedad, becas, pensiones por invalidez, entre otros.

Las rentas exentas, como señala el portal oficial de Hacienda, son aquellas que están expresamente calificadas como tales en la normativa del IRPF o en otras leyes. Estas rentas no se consideran al alcanzar el límite de ingresos para la presentación de la declaración.

¿Qué ingresos están exentos en la declaración de la renta?

Estas rentas pueden variar anualmente y dependen de los Presupuestos Generales del Estado. Entre ellas se incluyen becas, ayudas o algunas pensiones, según establece el artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por ejemplo, se encuentran exentas indemnizaciones por despido que no superen los 180.000 euros, indemnizaciones por seguros de accidente, ayudas para afectados por enfermedades, prestaciones para víctimas del terrorismo, pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez, permisos de paternidad, maternidad o adopción, prestaciones por Ley de Dependencia (siempre que los beneficiarios tengan a alguien a su cargo), entre otros.

  • Indemnizaciones por despido que no excedan los 180.000 euros (el excesos sí que está gravado)
  • Indemnizaciones por seguros de accidente
  • Ayudas para afectados por enfermedades
  • Prestaciones para víctimas del terrorismo
  • Pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez
  • Permisos de paternidad, maternidad o adopción
  • Prestaciones por Ley de Dependencia (exenta si los beneficiarios tienen una persona a su cargo)
  • Prestaciones de desempleo
  • Prestaciones por acogida
  • Becas
  • Rentas de inserción
  • Pensiones alimenticias
  • Trabajos en el extranjero (sólo los inferiores a 60.100 euros)
  • Premios (hasta 40.000 euros)

Estos ingresos no se tienen en cuenta para determinar el límite de la obligación de declarar, y en muchos casos, no es necesario incluirlos en la declaración.

En resumen, los contribuyentes deben ser conscientes de los ingresos exentos en la Declaración de la Renta 2023 para cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales. Es importante consultar la normativa vigente y contar con asesoramiento profesional para aprovechar estas exenciones de manera adecuada.

En resumen, la preparación es la clave para una declaración de la renta exitosa. Con estos consejos y la ayuda de nuestros gestores y gestoras, estarás bien preparado para la declaración de la renta 2023. ¡Buena suerte!